Paquetes Ecuador Alto Valor -categorías C - D - F | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Envíos de paquetería a EcuadorPaquetes a Ecuador que por su peso, naturaleza de su mercancía o finalidad comercial no puedan entrar dentro de la categoría B (4X4) siendo clasificados en categorías C, D, F | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Información adicional:Pesos máximos envío según categoríaValores declarado máximo envío según categoría | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Envios Ecuador Categoría C | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
100 kg (Peso Máximo permitido) / Valor Máximo : 5.000$ *Categoría C (excepción): Cuando se trate de repuestos para la industria, o para medios de transporte, requeridos con carácter de urgente, se admitirá en esa categoría un peso no mayor a 200 kilogramos, siempre que su valor no supere los USD $ 5,000.00 o equivalente en otra moneda. *Categoría C (excepción): Se exceptúa las limitaciones de valor y peso de las mercancías señaladas en el párrafo precedente cuando su número no exceda a 10 unidades, considerándose para estos efectos, como unidad, inclusive los juegos (sets o kits) conforme a las normas de clasificación arancelaria. *Categoría C Teléfonos Celulares: Solo para personas naturales con documento nacional de identidad ecuatoriana, podrán importar hasta una (1) unidad nueva (teléfono celular) por año fiscal *Categoría C Televisores: Los impuestos a pagar dependerán del tamaño [Pulgadas] del Televisor *Categoría C son todos los paquetes que pesan hasta 100 kilogramos y hasta USD $5.000 que no entren en ninguna otra categoría. Las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea con excepción de las muestras sin valor comercial. En la categoría C no se contemplan textiles y calzado. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Envios Ecuador Categoría D | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
20 kg (Peso Máximo permitido) / Valor Máximo : 2.000$ Son todos los paquetes con prendas de vestir , los demás artículos textiles confeccionados y calzado, que no se contemplen en la Categoría B, deberán obligatoriamente declararse en esta categoría, y el peso no puede excederse a los 20 kg ni el valor sobrepasar los US$ 2.000,00 (o su equivalente en otra moneda). Esta categoría paga estos impuestos: Advalorem: 10% Específico: $5.5 por cada Kg de ropa, en el caso de calzado $6,00 por cada par de zapato.| IVA: 12% Fodinfa: 0.5% Nota: En tu primera importación de ropa y calzados de hasta $500 en el año fiscal hacia Ecuador, no necesitarás documentos de control previo, siempre que sean importadas únicamente por personas naturales y sin finalidad comercial. Desde la segunda importación en esta categoría dentro del año fiscal, si requieren documentos de control previo tales como licencias INEN MIPRO, etiquetado R13. Impuestos a la CATEGORIA D - Prendas de vestir, textiles confeccionados y Calzado | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Envios Ecuador Categoría F | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Documentación requerida Todas las categorías | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Obligatorio aportar Factura Comercial Factura Comercial deberá estar a nombre del destinatario, al ser verificada la factura y los documentos de transporte por la aduana de Ecuador, debiendo coincidir nombre destinatario envío con los datos reflejados en factura Aduana de Ecuador requiere del numero de cedula del destinatario / RUT empresa, por favor facilite dicho número cuando entregue el paquete.Obligatorio aportar Factura Comercial Factura Comercial deberá estar a nombre del destinatario, al ser verificada la factura y los documentos de transporte por la aduana de Ecuador, debiendo coincidir nombre destinatario envío con los datos reflejados en factura Aduana de Ecuador requiere del numero de cedula del destinatario / RUT empresa, por favor facilite dicho número cuando entregue el paquete. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
TARIFAS
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BASE LEGAL
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Consideraciones importantes
No se permitirá la importación de ropa y calzado en estado usado en la categoría D. En caso de traerlos en la categoría B (4X4) que si lo permite, pero si superen los límites de peso (Max.3.900 kg) y valor (Max.400$), no podrán ser nacionalizadas y serán donadas a la Secretaría del Estado a cargo de la política Social. Están prohibidas las importaciones de bebidas alcohólicas en categoría B. (4X4) Todos los envíos realizados que constituyan muestras sin valor comercial, deberán venir claramente identificados como tales en la guía aérea o guía courier, factura y producto, que su valor en aduana no supere los cuatrocientos dólares, o las tres unidades por ítem o por presentación comercial. Productos alimenticios, así como suplementos vitamínicos que superen el peso y valor de la categoría B requerirán para su nacionalización, la presentación de Registro sanitario del MSP. Está prohibida la importación en todas las categorías a través de Courier y postal de: 1. Impresos publicitarios 2. Decodificadores 3. Dinero en efectivo 4. Armas 5. Animales 6. Repuestos usados Recuerde: En el caso de que las mercancías excedan las limitaciones de peso y valor establecidos para el régimen de Courier y postal, éstas deberán pagar todos los tributos y cumplir con todas las formalidades aduaneras correspondientes a una importación común. Para mayor información sobre las mejores condiciones para sus envíos desde el exterior, consulte con su habitual Courier o correo postal.
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G | Paquetería Ecuador Categoria G - sin aplicación (Ver categoria B]
Paqueteria Ecuador Categoria G - Número familiar de migrante ecuatoriano
Para la subpartida 9807.60, los destinatarios sólo podrán usar esta categoría, si forman parte del núcleo familiar del migrante ecuatoriano, esto es, los miembros de su familia radicados en el Ecuador, comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, y si el migrante ecuatoriano residente en el extranjero se haya registrado para el efecto en los consulados o representaciones diplomáticas ecuatorianas. Bajo esta categoría solo pueden arribar al país paquetes cuyo peso sea igual o menor a los cuatro kilogramos por paquete y el valor FOB sea menor o igual a un salario básico unificado, sin límite en el número de envíos”. El Comité de Comercio Exterior (Comex) resolvió exonerar a los migrantes que constan en el registro consular del pago del arancel de 42 dólares para las personas ecuatorianas en el exterior que tienen derecho a que el Estado ecuatoriano garantice la exención de aranceles y establecimiento de servicios especializados para el número familiar siempre que el peso sea igual o menor a los 4 Kg por paquete y el valor FOB sea menor o igual a un salario básico unificado, sin límite en el número de envíos. Este derecho será reconocido en los envíos que realicen migrantes ecuatorianos residentes en el extranjero que se hayan registrado para el efecto en los consulados o representaciones diplomáticas ecuatorianas. Sin perjuicio de los mecanismos generales de control y verificación aduanera, el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, mediante reglamentación interna, instrumentará acciones de seguimiento y control para el correcto ejercicio de este derecho cuando el número de paquetes enviados por la misma persona supere los veinticuatro (24) en un año. Beneficiarios: Para la aplicación de la exención de aranceles, en los casos de envíos de paquetería que contengan bienes para uso del número familiar radicado en el Ecuador que realicen los migrantes ecuatorianos residentes en el extranjero, al amparo del artículo 15 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, entiéndase como número familiar, al núcleo familiar del migrante ecuatoriano, esto es, los miembros de su familia radicados en el Ecuador, comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad Certificado de Migrante Retornado: Para que los envíos de paquetería que contengan bienes para uso del número familiar radicado en el Ecuador, que realicen los migrantes ecuatorianos residentes en el extranjero, sean reconocidos y obtengan la exención de aranceles prevista en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, el migrante deberá registrar en los consulados o representaciones diplomáticas ecuatorianas, el nombre completo, cédula y dirección domiciliaria del familiar radicado en el Ecuador que recibirá la paquetería
| Libre de tributos | Libre de tributos | Libre de tributos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
F | Paquetería Ecuador Categoria F - LibrosLibros o similares Paquetes con libros o similares
| 0% | 0% | 0.5% | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
E | Paquetería Ecuador Categoria E - MedicinasSon los paquetes sin fines comerciales que contengan medicina, equipos ortopédicos, órganos, tejidos y células; fluidos humanos y otros elementos requeridos para procesos médicos y quirúrgicos de emergencia; equipos y aparatos para personas con discapacidad, libre del pago de tributos justificando su necesidad, ya sea a través de la presentación de una receta médica. Esta categoría no contempla limitaciones de peso y valor, de igual manera no se exigirán documentos de control previo y según lo indicado en el Art. 125 del COPCI están exentos del pago de tributos al comercio exterior los siguientes productos: Los aparatos médicos, herramientas especiales y prótesis que utilicen las personas con discapacidades para su uso o las personas jurídicas encargadas de su protección. Fluidos, tejidos y órganos biológicos humanos, para procedimientos médicos a realizarse conforme la legislación aplicable para el efecto.
| libre de tributos Art. 125 COPCI | 0% | Medicinas 0.5% | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Impuestos a la CATEGORIA D - Prendas de vestir, textiles confeccionados y Calzado | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
D | Paquetería Ecuador Categoria D - Prendas de vestir, textiles confeccionados y Calzado
Son todos los paquetes con prendas de vestir , los demás artículos textiles confeccionados y calzado, que no se contemplen en la Categoría B, deberán obligatoriamente declararse en esta categoría, y el peso no puede excederse a los 20 kg ni el valor sobrepasar los US$ 2.000,00 (o su equivalente en otra moneda). Esta categoría paga estos impuestos: Advalorem: 10% Específico: $5.5 por cada Kg de ropa, en el caso de calzado $6,00 por cada par de zapato.| IVA: 12% Fodinfa: 0.5% Nota: En tu primera importación de ropa y calzados de hasta $500 en el año fiscal, no necesitarás documentos de control previo, siempre que sean importadas únicamente por personas naturales y sin finalidad comercial. Desde la segunda importación en esta categoría dentro del año fiscal, si requieren documentos de control previo tales como licencias INEN MIPRO, etiquetado R13.
| Textiles: 10% ADV + USD $5.5 x KG Calzado: 10% ADV + USD $6 x Par | 12% | 0.5% | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Impuestos a la categoría C
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Envío de Televisores a Ecuador | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
C | Paquetería Ecuador Categoria C / 100 kg / v.d: $5.000Son todos los paquetes que pesan hasta 100 kilogramos y hasta USD $5.000 que no entren en ninguna otra categoría. Las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea con excepción de las muestras sin valor comercial. En esta categoría no se contemplan textiles y calzado. Teléfonos Celulares: Solo para personas naturales con documento nacional de identidad ecuatoriana, podrán importar hasta una (1) unidad nueva (teléfono celular) por año fiscal [Permitido hasta 200 Kg] Cuando se trate de repuestos para la industria, o para medios de transporte, requeridos con carácter de urgente, se admitirá en esa categoría un peso no mayor a 200 kilogramos, siempre que su valor no supere los USD $ 5,000.00 o equivalente en otra moneda. [Consultar situaciones se pemite superera peso y valor maximo permitido] Se exceptúa las limitaciones de valor y peso de las mercancías señaladas en el párrafo precedente cuando su número no exceda a 10 unidades, considerándose para estos efectos, como unidad, inclusive los juegos (sets o kits) conforme a las normas de clasificación arancelaria. Esta categoría si paga impuestos: Advalorem: el % porcentaje dependerá del producto IVA: 12% Fodinfa: 0.5%. El documento de control previo debe ser presentado únicamente para los productos que lo requieran. Envio de celulares / Moviles a Ecuador
| Depende del producto | 12% | 0.5% | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Categorías | Descripción | Ad Valorem Ecuador | I.V.A Ecuador | Fodinfa Ecuador |
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