GUIA EORI

El sistema EORI se crea con el fin de facilitar el registro de los operadores económicos contemplado en el artículo 9 del CAU.
Por número EORI se entiende un número de identificación, único en el territorio aduanero de la Unión Europea, asignado por una autoridad aduanera a un operador económico o a otra persona con el fin de registrarlo a efectos aduaneros.
Al registrarse, a efectos aduaneros, en un Estado miembro, los operadores pueden obtener un número EORI válido en toda la Unión Europea. Obviamente, para beneficiarse plenamente del uso de un número de identificación único, los titulares deben utilizar el número EORI -una vez que se les haya asignado- en todas las comunicaciones con cualquier autoridad aduanera de la UE en las que se requiera un identificador aduanero.
Los operadores económicos establecidos en la UE deben estar siempre registrados en el Estado miembro en el que están establecidos. Incluso si la primera operación tiene lugar en otro Estado miembro, los operadores económicos deben solicitar al Estado miembro en el que están establecidos que les asigne un número EORI.

¿CUÁL ES LA COMPOSICIÓN DEL Nº EORI PARA LOS OPERADORES ESTABLECIDOS EN ESPAÑA?

El numero EORI se estructura de la siguiente manera:
Dos letras correspondientes al Identificador del Estado Miembro que asigna el número (código de país ISO alfa 2) + código alfanumérico Identificador único en un Estado Miembro.
Ejemplos de números EORI: 
PL1234567890ABCDE es un exportador polaco (código de país: PL) cuyo número único nacional es 1234567890ABCDE.

VALIDACIÓN DE NÚMERO EORI EN LA COMISION EUROPEA

El enlace para comprobar la validez de los números EORI y acceder a los datos del registro EORI es:
 https://ec.europa.eu/taxation_customs/dds2/eos/eori_validation.jsp?Lang=en

¿EN CASO DE SOLICITAR UN EORI, EN QUÉ PLAZO ESTARÁ ACTIVO Y SE PODRÁ DESPACHAR?

Una vez lo hayas solicitado y dado de alta en la Agencia Tributaria, deberás esperar 72 horas aproximadamente hasta que sea activado y se pueda despachar la mercancía.

DESPACHAR ADUANA DESDE ESTADO MIEMBRO DIFERENTE AL ESTADO EMISIÓN DEL EORI

En el caso presentar despacho de aduana utilizando un EORI emitido por estado diferente al de la aduana de entrada/salida mercancías y de ser la 1º vez que se usa este N.º de EORI , la aduana del estado miembro  realizara un proceso denominado alta  EORI, que puede conllevar un plazo de 24-72 horas. Este proceso es realizado solo una primera vez, quedando registrado el N.º EORI en la base de datos aduana Estado miembro para futuras operaciones
 

¿EL NÚMERO EORI Y EL NÚMERO VIES SON LOS MISMO?

No, no debe confundirse con el número VIES. Ambos tienen la misma composición, pero su finalidad es diferente y serán gestionados de forma independiente.
Con relación al número VIES, los operadores económicos que vayan a realizar operaciones comerciales con estados de la Unión Europea bien sean intercambios de bienes o de servicios, deben darse de alta como operadores intracomunitarios, lo cual supone su inscripción en el censo VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA). del Estado o Estados miembros donde realice operaciones (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA). Es decir, un operador a quien se asigne un número EORI no podrá, por este hecho, realizar operaciones intracomunitarias salvo que esté igualmente dado de alta en el censo de operadores intracomunitarios.

EL EORI Y EL OEA, ¿SON LOS MISMO?

No. Según la definición contenida en el Reglamento Delegado, el EORI es un número de identificación, único en el territorio aduanero de la Unión, asignado por una autoridad aduanera a un operador económico.
El «operador económico» es definido en el artículo 5 del Código Aduanero de la Unión como una persona que, en el ejercicio de su actividad profesional, interviene en actividades a las que se aplique la legislación aduanera.